El embargo es el procedimiento por el cual los acreedores pueden exigir el pago de una deuda. Como se sabe, a través de esta práctica se retienen bienes del deudor a fin de rematarlos y conseguir recursos que puedan saldar el compromiso incumplido.
A pesar de tener clara esta parte, aún existen algunos interrogantes en torno a la figura del embargo. Una de ellas, que es muy recurrente, tiene que ver con la pregunta: ¿Cómo saber si tengo un embargo?
Por ello en este texto, abordaremos sobre el tema para despejar las inquietudes al respecto.
¿Qué es el embargo de bienes?
En primera instancia, cabría recordar que el embargo es un procedimiento judicial, resultado de la decisión de una autoridad. En tal sentido, nadie más que un juez tiene la facultad de decretar la retención de bienes con la intención de cubrir alguna deuda.
Al respecto, para que un juez pueda decretar el decomiso, primero el acreedor debió iniciar el procedimiento debido. Así, la institución que promueve la acción presenta las pruebas que demuestran que hay una deuda incumplida.
Cabe destacar que el secuestro de bienes es la última opción a la que recurren las instituciones de crédito para reclamar el pago de una deuda. Antes de ello, existe el camino de la negociación para evitar llegar a estas instancias.
Y entonces, ¿cómo saber si tengo un embargo?
Una vez que el juez conozca el caso y analice la información, se notificará a los involucrados acerca de la resolución. En este caso, a través de un escrito, la autoridad informará al deudor que se ha iniciado un procedimiento para retener bienes.
No obstante, antes de concretar el embargo, la autoridad realizará un requerimiento de pago. Mediante esta acción, la autoridad ofrece una última oportunidad al deudor para liquidar el compromiso. En caso de incumplir, entonces sí, la autoridad decretará la incautación.
¿Qué me pueden embargar?
Si bien el embargo es la figura a la que pueden recurrir los acreedores para reclamar el pago de una deuda, esta acción tiene limitantes. Y es que, la legislación vigente señala que no todos los bienes pueden ser sujetos a ser retenidos.
En tal sentido, de acuerdo con el artículo 1677 del Código Civil de Colombia, consultado en secretariasenado.gov.co, no son embargables:
· El salario mínimo.
· El hogar del deudor, el de su mujer e hijos; así como la ropa necesaria para el abrigo de la familia.
· Los uniformes y equipos de los militares, según su arma y grado.
· Los utensilios del deudor artesano o trabajador del campo, necesarios para su trabajo individual.
· Los artículos de alimento y combustible que existan en poder del deudor, hasta concurrencia de lo necesario para el consumo de la familia, durante un mes.
· La propiedad de los objetos que el deudor posee fiduciariamente.
· Los derechos cuyo ejercicio es enteramente personal, como los de uso y habitación.
Cabe destacar que dentro de los bienes que se consideran embargables se encuentran elementos como autos y joyas. Incluso, los bienes inmuebles también se encuentran dentro de la categoría, a menos que cuenten con limitación de dominio, como el caso de la figura del Patrimonio Familiar.
Según lo anterior, es preciso mencionar que el artículo 594 del Código General del Proceso establece también una serie de bienes y derechos que no se deben contemplar para la incautación. Entre ellos, se califica como fuera de la posibilidad de embargo elementos como el computador o el televisor.
¿Cómo puedo evitar un embargo?
La realidad es que hay muchas situaciones en la vida que obligan a que las familias no puedan seguir con el pago de créditos. No obstante, ignorar el problema, y dejar que las deudas crezcan, no es opción.
La mejor alternativa para evitar el embargo es la negociación con los acreedores. Toma en cuenta que antes de decidir actuar por la vía de retener bienes para saldar la deuda, las instituciones preferirán el camino del acuerdo para solventar las deudas incumplidas.
Para ello, no pierdas de vista que hoy en día existen opciones como las reparadoras de crédito. Este tipo de empresas son especialistas en negociar con los acreedores y buscar mejores condiciones para el pago de la deuda; esto, sin pedir más dinero prestado.