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Embargo de cuentas de nómina: ¿se puede?

Recuerda que tu salario también es un bien tuyo, y sin duda es uno de los más preciados, por lo cual, si pediste un crédito, seguramente quedó como garantía en caso de que no lo estés pagando en tiempo y forma. 

Lo anterior, significa que si en un momento no pagaste un préstamo que le pediste a una institución financiera, o estás atrasado, ésta puede conseguir que se te embargue tu nómina hasta que se salde la deuda. 

Pero, ¿Cómo es eso posible? 

Lo primero que debes saber es que para que se te embargue tu salario, se deben juntar tres condiciones: 

1,. Que hayas dejado de pagar un crédito

2.- Tener una relación laboral 

3.- La orden judicial de embargo de salario 

Este tercer punto es un mandato formal emitido por un juez de Colombia, en el que se ordena al empleador depositar el pago correspondiente al salario de su empleado a un tercero.  

Recuerda que lo anterior sólo puede ser posible si dejaste de pagar un crédito y hayas firmado un contrato con la institución financiera. 

¿Me pueden embargar todo mi salario? 

La respuesta concreta es no. Por ley no te pueden embargar todo tu salario, solo una proporción que te permita seguir viviendo con dignidad. 

La ley colombiana dice que solo es embargable el excedente del ingreso mínimo mensual en una quinta parte, o sea el 20 por ciento. 

Pero toma en cuenta que en ciertos casos, eso puede aumentar. 

Por ejemplo, la misma ley dice que todo sueldo puede ser embargado hasta en 50 por ciento en favor de cooperativas legalmente autorizadas, o para cubrir pensiones alimenticias. 

Ten en cuenta que la normativa señala sólo el término salario, lo que significa que incluye todo pago al trabajador, como horas extras, recargo nocturno, trabajo dominical y festivo, comisiones, etcétera.

Tipos de deudas que generan embargo de nómina

Existen dos tipos de deudas contraídas que pueden derivar en que en algún momento se le pida a tu patrón que se te retenga parte del ingreso. 

1.- Deudas generales 

Éstas se dan por el incumplimiento del trabajador de las obligaciones que haya adquirido con una entidad financiera, un crédito, una letra de cambio, un pagaré, etcétera. 

2.- Deudas especiales

Son aquellas que se generan por el incumplimiento de una obligación legal, como, por ejemplo, la manutención de los hijos menores de edad.

¿Cómo evito el embargo? 

La manera de evitar esta situación es ser puntual con tus pagos, para lo cual jamás adquieras una deuda que no seas capaz de pagar, pues las consecuencias pueden ser muy malas. 

Recuerda que no sólo está en peligro parte de tu salario, pues dependiendo el monto, si bien no pueden ir a la cárcel, te pueden embargar bienes y hasta tu casa. 

Si ya tienes problemas para cubrir los abonos de tu deuda, o ya se te salió de control, lo que te recomendamos es que acudas con la institución financiera y le expongas tu problema, de modo que ambas partes encuentren una solución. 

O bien, la otra opción es que recurras a expertos, como por ejemplo Resuelve tu Deuda, una empresa con más de 11 años de experiencia y con presencia en varios países que es capaz de negociar tu adeudo con la institución financiera. 

Dependiendo del caso, esta reparadora de deuda es capaz de conseguir descuentos de hasta 53 por ciento en el monto que le debes al banco. 

Además, te ayudará a crear un esquema financiero acorde a tus necesidades, de modo que jamás te vuelvas a ver en una situación similar. 

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