Un préstamo entre personas naturales puede parecer sencillo: una persona entrega el dinero y la otra se compromete a devolverlo. Sin embargo, cuando las condiciones quedan únicamente en una conversación, pueden aparecer diferencias sobre el monto, la fecha de pago, los intereses o incluso sobre cuánto se ha abonado.
En Colombia, este tipo de operación se conoce jurídicamente como contrato de mutuo o préstamo de consumo: una parte entrega una cantidad de dinero y la otra debe restituir una suma equivalente. Aunque el acuerdo se concreta con la entrega del dinero, dejar sus condiciones por escrito facilita demostrar qué se pactó si posteriormente surge una diferencia.
¿Qué debe quedar claro desde el principio?
El acuerdo debería responder, como mínimo, estas preguntas: cuánto dinero se entregó, cuándo debe devolverse, cómo se realizará el pago y si se cobrarán intereses.
No hace falta redactar un documento innecesariamente complicado. Lo importante es evitar expresiones ambiguas como “me pagas cuando puedas” o “luego cuadramos los intereses”.
Ese tipo de frases puede parecer flexible al principio, pero deja demasiado espacio para interpretaciones distintas.
El monto y la fecha de entrega
El documento debe indicar la cantidad exacta prestada y la fecha en que se entregó. Si el desembolso se realiza mediante transferencia, conviene conservar el comprobante. Si se entrega en efectivo, puede dejarse una constancia firmada de recepción.
El soporte del desembolso es tan importante como el acuerdo, porque permite demostrar que el dinero realmente fue entregado.
El plazo y la forma de pago
También debe definirse si el dinero se devolverá en una sola fecha o mediante varias cuotas. Cuando se pactan pagos periódicos, es mejor indicar el valor de cada cuota y su fecha de vencimiento.
Además, conviene acordar el medio de pago. Puede ser una transferencia a una cuenta específica, una consignación o cualquier método que permita conservar evidencia. Si se paga en efectivo, la persona que recibe debería entregar un comprobante.
| Punto del acuerdo | Cómo conviene dejarlo establecido | Por qué es importante |
|---|---|---|
| Dinero entregado | Monto exacto y fecha del desembolso | Evita diferencias sobre cuánto se prestó |
| Forma de devolución | Pago único o número de cuotas | Permite organizar el compromiso |
| Fechas de pago | Día exacto de cada vencimiento | Reduce confusiones y retrasos |
| Intereses | Tasa acordada y forma de cálculo | Evita cobros inesperados |
| Medio de pago | Cuenta, transferencia o comprobante | Facilita demostrar cada abono |
| Incumplimiento | Qué ocurrirá si existe un atraso | Permite actuar con reglas conocidas |
| Finalización | Entrega de recibo o constancia de pago total | Confirma que la deuda quedó saldada |
Esta tabla puede utilizarse como guía para redactar el documento. No reemplaza una revisión jurídica cuando el monto es elevado, existen garantías o las condiciones son complejas, pero ayuda a evitar los vacíos más frecuentes.
¿Se pueden cobrar intereses entre particulares?
Sí pueden pactarse intereses, pero deben quedar claramente definidos. No basta con indicar que el préstamo “genera intereses”: es necesario precisar la tasa, el periodo al que corresponde y cómo se aplicará sobre el saldo.
Además, el cobro debe respetar los límites legales vigentes. El límite relacionado con la usura se calcula a partir del interés bancario corriente certificado para cada periodo, por lo que puede cambiar con el tiempo. Antes de acordar una tasa, conviene consultar el valor aplicable en la fecha del préstamo y evitar porcentajes que excedan el máximo permitido.
También es recomendable diferenciar el interés corriente, cobrado por el uso normal del dinero, del interés de mora, que podría aplicarse cuando se incumple una fecha de pago. Ambos deberían quedar expresados con claridad.
¿Contrato escrito o pagaré?
Un contrato y un pagaré no cumplen exactamente la misma función.
El contrato puede explicar con detalle el origen del préstamo, el monto, los intereses, las cuotas y las obligaciones de cada parte. El pagaré, por su parte, contiene una promesa incondicional de pagar una suma determinada, debe identificar a quién se realizará el pago y señalar su forma de vencimiento, además de cumplir los demás requisitos legales de los títulos valores.
En préstamos importantes, ambos documentos pueden complementarse. Sin embargo, no conviene firmar un pagaré sin comprender su contenido ni dejar espacios en blanco sin instrucciones claras.
Cuando la deuda se paga por completo, quien entregó el dinero debería devolver el pagaré o dejar registrada su cancelación. El Ministerio de Justicia advierte que conservar un título sin anotar el pago puede permitir que posteriormente se intente presentar para cobro judicial.
Qué hacer con cada pago realizado
Cada abono debería dejar una evidencia clara. El comprobante puede indicar la fecha, el valor recibido, el saldo restante y el concepto al que se aplicó el dinero.
Esto es especialmente importante cuando el pago incluye capital e intereses. Sin una distribución clara, una persona puede creer que redujo considerablemente la deuda mientras la otra considera que el dinero cubrió principalmente intereses pendientes.
Llevar un registro compartido evita depender de la memoria y protege a ambas partes.
¿Qué pasa si no se dejó nada por escrito?
La ausencia de un documento no significa necesariamente que la deuda nunca existió, pero puede hacer mucho más difícil demostrar sus condiciones. Mensajes, transferencias, recibos y conversaciones pueden servir como elementos de prueba, aunque un conflicto podría requerir un proceso para lograr el reconocimiento de la obligación.
Por eso, formalizar no debería interpretarse como falta de confianza. Un acuerdo claro protege tanto a quien presta como a quien recibe el dinero y puede evitar que una relación personal termine afectada por una discusión financiera.
Preguntas frecuentes
¿Un préstamo entre familiares también debería quedar por escrito?
Sí, especialmente cuando el monto es importante o el pago se realizará durante varios meses. La cercanía personal no elimina el riesgo de olvidar o interpretar de forma diferente las condiciones.
¿Es obligatorio cobrar intereses?
No. Las partes pueden acordar que el préstamo no genere intereses. Lo importante es dejarlo expresamente indicado para evitar dudas posteriores.
¿Un mensaje por WhatsApp es suficiente?
Puede ayudar a demostrar una conversación, pero un documento organizado y firmado ofrece mayor claridad sobre las condiciones completas. También conviene conservar los comprobantes de entrega y pago.
¿Qué debe entregarse cuando se termina de pagar?
Lo recomendable es emitir una constancia de pago total y devolver o cancelar cualquier pagaré utilizado como respaldo.
¿Fincompara gestiona préstamos entre particulares?
No. Fincompara no interviene en acuerdos privados entre personas naturales. Sin embargo, antes de recurrir a este tipo de préstamo, puede ser útil comparar alternativas financieras formales, conocer mejor el perfil de acceso a crédito y revisar opciones con mayor contexto.
Un acuerdo claro vale más que una promesa informal
El principal riesgo de un préstamo entre personas naturales no está necesariamente en prestar o recibir dinero, sino en dejar sin definir las condiciones importantes. El monto, los plazos, los intereses, los comprobantes y la forma de cerrar la obligación deberían conocerse desde el comienzo.
La confianza puede iniciar el acuerdo, pero la claridad es lo que ayuda a cumplirlo sin conflictos.

