Skip to content Skip to footer

¿Qué son los intereses de cesantías?

Como parte de las leyes colombianas que protegen a los trabajadores, los intereses de cesantías son, a grandes rasgos, el reconocimiento financiero que da la empresa al empleado por la retención de su dinero durante el año.

Si quieres saber a detalle qué son y cómo se calculan, continúa leyendo, porque aquí te contaremos todo lo que necesitas saber. 

Pero primero que nada ¿sabes qué son las cesantías? 

Si no, antes de seguir debes saber que las cesantías son básicamente aquellas que el patrón tiene la obligación de pagar anualmente al trabajador, cuyo monto es de un salario mensual por cada año laborado, que en 2020 corresponde a 877.803 pesos.

Estas cesantías constituyen una forma de ahorro obligatorio para los trabajadores, y como se trata de una prestación social, se obliga al empleador a pagar a sus trabajadores un monto adicional al salario ordinario, el cual se debe consignar en un fondo específico escogido por el empleado. 

Debemos aclarar que la aportación se calcula desde el primero de enero hasta el 30 de diciembre, si el trabajador laboró todo el año se le asigna un mes de salario, de lo contrario sólo le corresponde lo proporcional. 

¿Cómo es el pago de las cesantías?

  • Se liquidan el 31 de diciembre y se envían al fondo asignado antes del 15 de febrero del siguiente año.  
  • El fondo lo debes escoger antes del 31 de diciembre. 
  • Como afiliado eres titular de una cuenta individual.
  • Puedes realizar retiros parciales y/o totales de acuerdo con lo establecido por la ley. 

¿Quién paga los intereses de cesantía? 

Recuerda que las cesantías son tuyas por ley, por lo que al tenerlas tu empleador durante todo el año, está obligado a pagarte un interés, que es de 12%. 

Se ha establecido que la fecha de pago máxima será el 31 de enero del año siguiente al que se causaron, en la fecha de retiro del trabajador, o bien, dentro del mes siguiente a la liquidación parcial de cesantías.

Los intereses sobre cesantías son percibidos directamente por el trabajador, es decir, sin la intermediación de ningún tercero. 

Además, ninguna ley establece que se deban destinar a algo en específico, pues dicho beneficio se trata de un reconocimiento financiero que hace el empleador por la retención del dinero durante el año. 

O bien, en caso de terminación del contrato, se trata de un pago por el tiempo de prestación del servicio del trabajador.

También ten en cuenta que en caso de que tu empresa no te los pague en la fecha establecida, tienes derecho a una indemnización que será un monto igual al de los intereses. 

¿En qué puedo usar las cesantías? 

De acuerdo con el Ministerio de Trabajo de Colombia, las cesantías (no los intereses sobre ellas) tienen como objetivo ser un apoyo a los trabajadores en caso de quedarse sin empleo. 

No obstante, dichos recursos también pueden ser usados para gastos de educación personales o de la familia, o bien para compra de vivienda. 

Finalmente existe una forma muy sencilla de consultar tanto el saldo de las cesantías como el lugar donde se encuentran depositadas. 

Puedes realizar tu consulta de aportes de cesantías a través de la página web del SISPRO-Consultas RUAF: https://ruaf.sispro.gov.co/TerminosCondiciones.aspx

En dicho sitio solamente debes digitar la cédula, y una vez hecho eso aparecerá la información de afiliación a pensiones, riesgos profesionales y caja de compensación.

Recuerda que la cesantía es un derecho que tienes como trabajador formal, por lo que en caso de que te sean negadas, la empresa deberá enfrentar sanciones. 

Leave a comment

¿Cómo saber si tengo un embargo?

Para empezar este texto, es necesario decir que el embargo es el resultado de un procedimiento judicial. Específicamente, las instituciones otorgantes acuden a este tipo de mecanismo para reclamar el pago de una deuda.

Dicho eso, el embargo puede definirse como la resolución de una autoridad en la que se ordena retener los bienes de una persona. Mediante esta acción se busca que el patrimonio decomisado pueda ser utilizado para saldar algún compromiso no atendido.

Una vez explicada esta parte, para saber si una persona tiene un embargo es necesario conocer cómo procede éste. Aquí, te daremos todos los detalles.

El embargo y su procedimiento

Para que un embargo proceda, primero debe existir una demanda. Este recurso debe ser emprendido por la institución otorgante de crédito afectada y que exige el pago de la deuda.

La demanda debe ser presentada ante un juez de la República. Esta autoridad evaluará el caso y su misión será comprobar que existe un incumplimiento de deuda amparado en títulos ejecutivos.

Una vez evaluadas las pruebas presentadas por la parte afectada, será obligación del juez notificar al deudor sobre el procedimiento que se ha emprendido en su contra.

Entonces, a la pregunta: ¿Cómo saber si tengo un embargo? La respuesta es simple, pues será la misma autoridad la que notificará. 

De manera específica, el juzgador enviará un requerimiento judicial. Mediante esta comunicación se exhortará a realizar el pago correspondiente para liquidar la deuda. Para ello, se establecerá un plazo para cumplir con lo solicitado.

De no hacer caso al requerimiento del juez, y no pagar la cantidad requerida, se podrá decretar el embargo.

¿Qué sí se puede embargar?

Si estás en proceso de embargo, debes saber que la legislación colombiana establece una serie de elementos que no pueden ser susceptibles a la retención. Específicamente, el artículo 1677 del Código Civil colombiano marca que no puede considerarse para embargo:

 

  • El salario mínimo.
  • El hogar del deudor, el de su mujer e hijos; así como la ropa necesaria para el abrigo de la familia.
  • Los artículos de alimento y combustible que existan en poder del deudor, hasta concurrencia de lo necesario para el consumo de la familia, durante un mes.
  • La propiedad de los objetos que el deudor posee fiduciariamente.
  • Los derechos cuyo ejercicio es enteramente personal, como los de uso y habitación.

Además de lo anterior, el artículo 594 del Código General del Proceso complementa la lista de bienes no embargables, entre los que se contemplan:

  • Los depósitos de ahorro constituidos en los establecimientos de crédito, en el monto señalado por la autoridad competente, salvo para el pago de créditos alimentarios.
  • El televisor, el radio, el computador personal o el equipo que haga sus veces, y los elementos indispensables para la comunicación personal, los utensilios de cocina, la nevera y los demás muebles necesarios para la subsistencia del afectado y de su familia, o para el trabajo individual, salvo que se trate del cobro del crédito otorgado para la adquisición del respectivo bien.
  • El combustible y los artículos alimenticios para el sostenimiento de la persona contra quien se decretó el secuestro y de su familia durante un (1) mes, a criterio del juez.
  • Los derechos personalísimos e intransferibles.
  • Los derechos de uso y habitación.

Paga y dale la vuelta al embargo

Recuerda que la mejor alternativa es evitar a toda costa que se pueda presentar un proceso de embargo.

Para ello, si no puedes hacer frente a tus obligaciones financieras, lo mejor es buscar alternativas y evitar que el problema crezca. Voltear la mirada y hacer como que el problema no existe, para nada es solución.

El no cumplir con el pago de crédito, no sólo puede desembocar en perder el patrimonio a través de un embargo, sino, además, cierra las puertas a posibles nuevos créditos.

Si has dejado de pagar, trata de negociar. Y si de conciliar se trata, una opción viable son las Reparadoras de Crédito. Este tipo de alternativas lo que hacen es acordar un nuevo modelo de pago con los acreedores. A la par, se establece un plan de ahorro personalizado, que permite generar los recursos para liquidar las deudas sin pedir más préstamos. 

Leave a comment

¿Cómo detener un embargo en Colombia?

La mejor manera de detener un embargo es evitar llegar a él. La recomendación más repetida ante situaciones en las que se dificulta pagar una deuda es acercarse con la institución y buscar una negociación para darle cauce al tema.

Es importante decir que los acreedores verán en el embargo la última opción para cobrar una deuda. Antes de ello, preferirán agotar todos los mecanismos de conciliación para llegar a acuerdos que beneficien a ambas partes y así evitar ejecutar un procedimiento que atente en contra de los bienes familiares.

No obstante, ¿hay manera de detener un embargo en Colombia una vez que se ha comenzado el proceso judicial? Acá te decimos.

La negociación como mecanismo para detener un embargo

Para explicar cómo es posible detener un embargo, es importante recordar cómo procede este tipo de mecanismos.

Lo primero es señalar que para llegar a un embargo, el acreedor deberá presentar una demanda ante un juez. Es importante recalcar que sólo la autoridad tiene la facultad para ejecutar la retención de bienes como mecanismos para saldar una deuda.

Una vez que el juez conoce el caso, procederá a corroborar que existe un incumplimiento de deuda. Luego de realizar el procedimiento correspondiente, emitirá un requerimiento judicial.

En esta comunicación que entablará el juez con el deudor es cuando se presenta la oportunidad de detener un embargo. Y es que, en el requerimiento, el juzgador brindará una última oportunidad para saldar el adeudo pendiente.

En este caso, al requerir judicialmente el pago, la autoridad establecerá un plazo para que el deudor pueda saldar los compromisos adquiridos. En caso de no cumplir, entonces sí se procederá a la retención de bienes para cumplir con la obligación.

Cabe señalar que incluso, el artículo 602 del Código General de Proceso establece un camino para levantar por la vía normativa un embargo. Al respecto, la legislación marca que “el ejecutado podrá evitar que se practiquen embargos y secuestros solicitados por el ejecutante o solicitar el levantamiento de los practicados, si presta caución por el valor actual de la ejecución aumentada en un cincuenta por ciento (50%)”.

No pierdas de vista que en Colombia son embargables elementos como los bienes inmuebles, a menos que éstos se encuentren afectados como patrimonio familiar. También, para aquellos que ganan más del salario mínimo, es objeto de embargo la quinta parte del excedente que queda al descontar este indicador.     

Evita el embargo

 

Se entiende que ninguna persona decide dejar de pagar sus crédito por gusto. Hay factores externos que obligan o limitan que una persona pueda hacer frente a sus compromisos.

Si te encuentras en una situación en la que se te dificulta  poder cumplir con los pagos en determinada obligación, la mejor alternativa es mostrar voluntad de pago. Sobre todo, acercarse con la institución y buscar acuerdos que eviten un efecto bola de nieve, en donde la deuda crezca y se avizore en el panorama un posible embargo.

Recuerda que el embargo no depende de alguna cantidad para ejecutarse. Más bien, quedará al análisis de cada institución en qué momento iniciar un reclamo judicial para exigir el pago de una deuda

Por ello, lo mejor es no poner en riesgo el patrimonio. Incluso, para evitar que los conflictos por falta de pago crezcan, hoy existen en el mercado opciones como las Reparadoras de Crédito.

Este tipo de empresas son especialistas en negociar las deudas con los acreedores. Su principal aporte es que no sólo logran establecer un nuevo esquema de pago, sino que genera un plan de ahorro para que los compromisos se liquiden sin la necesidad de pedir más préstamos.

Leave a comment

¿Por cuánto dinero me pueden embargar en Colombia? Te decimos

La figura del embargo, además de generar incertidumbre en las familias, trae consigo una serie de dudas. Principalmente, los interrogantes que más se presentan en torno a este tema tienen que ver con el cómo y en qué casos puede proceder la retención de bienes para saldar un compromiso financiero.

Específicamente, una de las preguntas que más ronda la mente de los colombianos que han dejado de pagar una deuda es: ¿Por cuánto dinero me pueden embargar?

La respuesta, aunque simple, es importante tenerla muy presente para evitar poner en riesgo el patrimonio familiar. Y es que, en la actualidad, no existe de manera oficial una cantidad por la cual las instituciones financieras decidan o no emprender una demanda para ejecutar embargo.

El iniciar un procedimiento de esta índole es una decisión que compete totalmente a las instituciones afectadas. Dependerá mucho del análisis que haga cada organización para determinar si le conviene o no comenzar un procedimiento judicial para reclamar el pago de una deuda.

En este tipo de casos, lo recomendable es no retar a la suerte y evitar dejar pasar el tema con la esperanza de que las instituciones no inicien un procedimiento.

Es necesario recordar que el embargo es un mecanismo al que pueden recurrir los acreedores para reclamar el pago de una deuda, esto sin importar el monto. Esta figura es un derecho, y como tal las instituciones pueden ejercerlo.

Sin embargo, es importante tomar en cuenta que si bien es una figura a la que pueden recurrir, ésta se debe hacer en estricto apego a la ley.

¿Cómo procede un embargo? 

En este punto es fundamental recordar que un embargo es un procedimiento que deriva de la resolución de un juez. Es decir, sólo una autoridad constitucionalmente establecida tiene la facultad de validar la retención de bienes de un deudor como medida para saldar un compromiso pendiente.

Al respecto, al ser un procedimiento netamente judicial, para proceder con él es necesario que el acreedor interponga una demanda. Una vez que la institución afectada se presenta ante el juez, es labor de la autoridad cerciorarse que hay un incumplimiento de pago.

Si es el caso y se demuestra que no se ha cumplido, la autoridad emitirá un requerimiento judicial, en donde se notificará que existe un reclamo de deuda. En esta etapa, el juez brindará una última oportunidad, estableciendo un plazo para liquidar el compromiso. De no cumplir, entonces sí, se podrá ejecutar el embargo de bienes.

¿Todos los bienes se pueden embargar?

La legislación colombiana establece que no todos los bienes son embargables. Por ejemplo, de acuerdo con legalapp.gov.co, son inembargables:

  • Los salarios y las prestaciones sociales de los trabajadores oficiales o particulares en la proporción prevista en las leyes respectivas.
  • Los uniformes y equipos de los militares.
  • Los utensilios del deudor artesano o trabajador del campo, necesarios para su trabajo individual.

Sumado a lo anterior, el artículo 1677 del Código Civil de Colombia, establece específicamente que no son embargables:

  • El salario mínimo legal o convencional.
  • El lecho del deudor, el de su mujer, los de los hijos que viven con él y a sus expensas, y la ropa necesaria para el abrigo de todas estas personas.

Uno de los puntos más relevantes a tomar en consideración es que por ninguna razón se puede privar de la libertad por motivos de deudas; además que, en caso de bienes inmuebles, no podrán ser considerados como embargables cuando se encuentren afectados como patrimonio familiar o vivienda familiar.

Sumado a lo anterior, cabe señalar que el salario mínimo es inembargable cuando se trata de deudas con bancos o almacenes. En el caso de deudas privadas, si el deudor gana más del salario mínimo, se podrá embargar la quinta parte del excedente que queda una vez que se descuente el salario mínimo.

Leave a comment

¿Qué son los intereses de cesantías?

Como parte de las leyes colombianas que protegen a los trabajadores, los intereses de cesantías son, a grandes rasgos, el reconocimiento financiero que da la empresa al empleado por la retención de su dinero durante el año.

Si quieres saber a detalle qué son y cómo se calculan, continúa leyendo, porque aquí te contaremos todo lo que necesitas saber. 

Pero primero que nada ¿sabes qué son las cesantías? 

Si no, antes de seguir debes saber que las cesantías son básicamente aquellas que el patrón tiene la obligación de pagar anualmente al trabajador, cuyo monto es de un salario mensual por cada año laborado, que en 2020 corresponde a 877.803 pesos.

Estas cesantías constituyen una forma de ahorro obligatorio para los trabajadores, y como se trata de una prestación social, se obliga al empleador a pagar a sus trabajadores un monto adicional al salario ordinario, el cual se debe consignar en un fondo específico escogido por el empleado. 

Debemos aclarar que la aportación se calcula desde el primero de enero hasta el 30 de diciembre, si el trabajador laboró todo el año se le asigna un mes de salario, de lo contrario sólo le corresponde lo proporcional. 

¿Cómo es el pago de las cesantías?

  • Se liquidan el 31 de diciembre y se envían al fondo asignado antes del 15 de febrero del siguiente año.  
  • El fondo lo debes escoger antes del 31 de diciembre. 
  • Como afiliado eres titular de una cuenta individual.
  • Puedes realizar retiros parciales y/o totales de acuerdo con lo establecido por la ley. 

¿Quién paga los intereses de cesantía? 

Recuerda que las cesantías son tuyas por ley, por lo que al tenerlas tu empleador durante todo el año, está obligado a pagarte un interés, que es de 12%. 

Se ha establecido que la fecha de pago máxima será el 31 de enero del año siguiente al que se causaron, en la fecha de retiro del trabajador, o bien, dentro del mes siguiente a la liquidación parcial de cesantías.

Los intereses sobre cesantías son percibidos directamente por el trabajador, es decir, sin la intermediación de ningún tercero. 

Además, ninguna ley establece que se deban destinar a algo en específico, pues dicho beneficio se trata de un reconocimiento financiero que hace el empleador por la retención del dinero durante el año. 

O bien, en caso de terminación del contrato, se trata de un pago por el tiempo de prestación del servicio del trabajador.

También ten en cuenta que en caso de que tu empresa no te los pague en la fecha establecida, tienes derecho a una indemnización que será un monto igual al de los intereses. 

¿En qué puedo usar las cesantías? 

De acuerdo con el Ministerio de Trabajo de Colombia, las cesantías (no los intereses sobre ellas) tienen como objetivo ser un apoyo a los trabajadores en caso de quedarse sin empleo. 

No obstante, dichos recursos también pueden ser usados para gastos de educación personales o de la familia, o bien para compra de vivienda. 

Finalmente existe una forma muy sencilla de consultar tanto el saldo de las cesantías como el lugar donde se encuentran depositadas. 

Puedes realizar tu consulta de aportes de cesantías a través de la página web del SISPRO-Consultas RUAF: https://ruaf.sispro.gov.co/TerminosCondiciones.aspx

En dicho sitio solamente debes digitar la cédula, y una vez hecho eso aparecerá la información de afiliación a pensiones, riesgos profesionales y caja de compensación.

Recuerda que la cesantía es un derecho que tienes como trabajador formal, por lo que en caso de que te sean negadas, la empresa deberá enfrentar sanciones. 

Leave a comment

¿Cómo ahorrar dinero? ¡Fácil y rápido!

Los economistas definen al ahorro como el acto de postergar el gasto del presente para el futuro. En términos prácticos, se trata de uno de los hábitos financieros más complicados entre la población, ya que por naturaleza, preferimos atender las necesidades y gustos del presente y no nos detenemos a analizar los requerimientos que tendrá nuestra vida al paso de los años.
 
De acuerdo con datos del Observatorio Fiscal de la Universidad Javeriana, menos de la mitad de los hogares en Colombia tiene la capacidad de ahorrar, con lo que, en este texto te haremos algunas recomendaciones básicas para, en la medida de tus posibilidades, tengas una reserva de dinero para enfrentar imprevistos y también puedas acceder a bienes que te haga más placentera la vida.
 

¡Elabora un presupuesto!

 
Una de las claves más importantes para ahorrar  es conocer en detalle cuáles son tus gastos. En primera instancia suena muy sencillo, pero existen fugas de dinero que pasan desapercibidas o los llamados “gastos hormiga” que efectuamos de forma automática y que son totalmente prescindibles y en su lugar, pueden destinarse a otro objetivo.
Si has decidido guardar una parte de tu ingreso, el primer paso es que te sientes y, con calma, elabores una lista sobre las entradas y salidas de tu dinero y a partir de ahí generes un presupuesto, preferentemente mensual, que te ayude a tener un mejor control de tus finanzas personales. Para ello, puedes seguir las siguientes recomendaciones:
 

  • Escribe en una libreta cuánto ganas al mes.
  • Detalla tus gastos fijos como alimentos, pago de renta o crédito hipotecario, servicios, colegiatura, gasolina, además del pago de tus deudas en caso de que tengas algún préstamo vigente.
  • Analiza con detalle si hay algún gasto extra que hagas de forma habitual y que puedas eliminar, como la compra de café o comida en la calle, reuniones con amigos, compras impulsivas, por mencionar algunos.
  • De tu ingreso mensual, resta tus gastos fijos, elimina las salidas innecesarias de dinero y si hay un sobrante, destina una parte para ahorro,
  • Trata de cumplir con este ejercicio de manera mensual y al paso del tiempo generarás el hábito del ahorro, que, por muy pequeño que sea, te ayudará a tener una reserva de dinero para el futuro.

 

 ¿Ahorrar para pagar deudas?

 
Se trata de la mejor alternativa para liquidar esa tarjeta o préstamo que solicitaste a un banco u otro tipo de entidad financiera. A partir de un esfuerzo por quitar gastos innecesarios y “apretarte el cinturón”, de forma sana puedes terminar de pagar esa deuda y no afectar tu historia de crédito que, en consecuencia, te cierre la posibilidad de acceder a líneas de tarjetas de crédito más amplias,, financiamiento automotriz o la posibilidad de adquirir una vivienda.
 

¡Cuidado con las deudas!

 
Además de hacer el esfuerzo de ahorrar, por mínima que sea la cantidad, es muy importante también ser responsable con el manejo de los préstamos y tratar de estar al corriente en el pago de las mensualidades. En el escenario ideal, las deudas no deben rebasar 30% de los ingresos, pues en caso de exceder ese límite, se estaría cayendo en un problema de sobreendeudamiento.
Recuerda que además de cumplir con tu palabra plasmada en el contrato que firmaste al momento de solicitar el crédito, debes pagar tus deudas para no contraer problemas en tus finanzas personales y, en el peor de los casos, evitar alguna demanda legal que te haga perder tiempo y dinero.
En el caso de que por un problema económico se te complique contar con los recursos para cumplir con las mensualidades de algún préstamo, puedes acercarte a la institución financiera a negociar o acudir a una reparadora de crédito que puede asesorarte para salir del bache financiero en el que te encuentras.

Leave a comment

¿Se puede embargar la pensión?

Si bien la legislación colombiana determina que no procede, existen dos excepciones: en caso de adeudos de pensión alimenticia y créditos no pagados con sociedades cooperativas. 

De acuerdo con la Ley 100 de 1993, el embargo de una pensión solamente podrá aplicarse por 50% del ingreso.

Es muy importante que conozcas los términos que aplica la autoridad sobre el embargo, con el fin de que evites sorpresas o engaños y tus bienes queden resguardados conforme a las leyes  vigentes en el país.

¿Cuándo se aplica un embargo en Colombia?

El marco legal establece casos muy específicos para aplicar este recurso. Recuerda que en términos prácticos, un embargo es la orden de un juez para que la autoridad tome bienes a nombre de un deudor con el fin de recuperar parte de un préstamo que no pudo terminar de pagar.  Aquí es muy importante que no te dejes engañar por amenazas de que te quitarán tus bienes sin que haya un respaldo por escrito de la autoridad correspondiente.

La ley en Colombia marca que en caso del salario mínimo, es inembargable cuando se trata de deudas con bancos, particulares o deudas con almacenes. Pero en el caso del sueldo, sí existen escenarios donde un acreedor puede acceder a una parte del dinero.

Así, de tu sueldo se te descontará el salario vital, el cual por ley no puede embargarse y que en 2020 equivale a 877.803 pesos. Al resto se le podrá quitar una quinta parte.

Las excepciones

Al igual que los dos escenarios en el caso de la pensión en donde se puede aplicar un embargo, si se tienen deudas por pensión alimenticia o préstamos no pagados con sociedades cooperativas, sí se te puede quitar hasta 50% del salario para liquidar estas faltas.

Recuerda también que en casos muy específicos donde un crédito tenga como respaldo una propiedad, por ejemplo, una hipoteca, es altamente probable que si dejas de pagar por mucho tiempo y no buscas una solución al respecto, la autoridad permita un embargo y el acreedor tome posesión del inmueble para tratar de recuperar el crédito que te fue otorgado.

¡Cuídate de las deudas!

Como habrás notado, el embargo es consecuencia de dejar de cumplir con tus compromisos financieros. Al tratarse de una medida autorizada por un juez, no hay manera de evitarla una vez que se determina, con lo que siempre será mejor mantener al corriente en tus pagos y, en caso de que, por alguna eventualidad, reducción de ingreso, o, en el peor de los casos, pérdida de empleo ya no puedas seguir pagando, busques una negociación con el banco o cualquier entidad con la que tienes la deuda. Un buen acuerdo a tiempo puede evitarte severos dolores de cabeza que pueden llegar al peor de los escenarios tal es el caso de un embargo, donde simplemente la autoridad te quitará la parte que considere salde la deuda con el acreedor.

Al mismo tiempo, tu historia de crédito se verá afectada durante mucho tiempo, lo cual te cerrará las puertas al financiamiento y verás limitadas tus opciones para contar con una tarjeta de crédito, comprar un automóvil, una casa, invertir en un negocio, por mencionar las más comunes.

¡Busca ayuda de expertos!

Recuerda que, en primera instancia, puedes negociar directamente con el banco y de manera clara exponer tu situación en caso de tener problemas para seguir pagando. También puedes buscar a especialistas en una reparadora de crédito donde, a partir de un análisis de tus posibilidades de pago, diseñarán un esquema personalizado de ahorro con el cual podrás liquidar tu deuda pendiente y abrir la posibilidad de que los bancos te vuelvan a otorgar algún tipo de crédito. 

Leave a comment

¿Qué son los bonos de deuda? ¡Te explicamos!

Se trata de una de las alternativas más recurrentes que existe en el sector financiero para invertir. En términos simples, al adquirir un instrumento de este tipo, se está comprando parte de la deuda de una empresa o de un gobierno, a cambio de que en un plazo determinado se devuelva la cantidad convenida además de un extra generado a partir de intereses.

Los bonos son ampliamente utilizados como una forma para adquirir financiamiento, incluso funcionan como una opción distinta al sector bancario tradicional y operan en la mayoría de los mercados bursátiles del mundo, donde su principal atractivo es que el inversionista sabe cuánto obtendrá de ganancia y en qué tiempo, además de que pueden realizarse operaciones a corto plazo, con esto, en cuestión de meses se obtendrán de vuelta los recursos o a períodos mucho más largos, muy útiles si se piensa que en el futuro se pueden obtener buenas ganancias con una inversión de este tipo.

¿Cómo operan los bonos de deuda?

Una de las características principales de este instrumento financiero es que sus participantes tienen un perfil conservador. Es decir, invierten su dinero en este tipo de papeles ya que su ganancia está prácticamente asegurada, debido a que el riesgo de que no se pague es muy bajo, aunque puede ocurrir si la empresa que haya emitido el bono cae en una mala racha que comprometa sus finanzas. Así, en caso de los bonos emitidos por gobierno, dicha posibilidad es casi nula, ya que la autoridad garantiza la ejecución del bono.

En términos prácticos, el mercado de bonos de deuda opera en la bolsa de valores de cada país, y para acceder, el inversionista interesado lo hace a través de un tercero especializado que le ofrece las mejores opciones de acuerdo con su perfil de riesgo.

A partir de ahí, puede seleccionar algunos bonos con características básicas:

  • Deuda privada: Son emitidos por las empresas y su principal objetivo es que la firma que los coloca en el mercado obtenga financiamiento a tasas de interés competitivas por montos elevados. En su mayoría, son a largo plazo y tiene la posibilidad de que sus emisores puedan pagar total o parcialmente a los inversionistas antes de que se cumpla el vencimiento del bono.
  • Deuda pública: Son emitidos por el gobierno, tanto en el mercado local como en el extranjero. Generalmente sus plazos de vencimiento son muy largos, entre 5 a 30 años y también son una herramienta que utilizan las autoridades de cada país para obtener alternativas de financiamiento que, en la mayoría de los casos, se utilizan para proyectos productivos.

En primera línea, la emisión de bonos es a renta fija; es decir, pagan la misma cantidad de intereses hasta que vence el contrato.

Diferencias entre acciones y deuda

Una característica que debes conocer es que los bonos son una opción de financiamiento al que recurren las firmas privadas, pero también obtienen recursos a través de acciones, que se entienden como la fracción de una empresa que se vende en el mercado de valores y dependiendo los buenos resultados de su operación, van obteniendo ganancias. El inversionista interesado puede optar por comprar una parte de una empresa con esta alternativa, que, a diferencia de los bonos es de mayor riesgo debido a que su precio depende en gran parte de la volatilidad de los mercados, u optar por deuda que se trata de una inversión con menor riesgo.

Si bien puede sonar muy complejo o dedicado a gente muy especializada, las inversiones en bonos están cerca prácticamente de cualquier público. Si te interesa participar en este tipo de mercado, puedes acercarte a una institución financiera especializada o consultar las alternativas del gobierno para comprar algún bono gubernamental, las cuales, son opciones seguras y recomendables para poner a trabajar tu dinero y obtener alguna ganancia.

Leave a comment

¿Cómo evitar un embargo por deudas ajenas?

Un aval es aquella personas que responderá por la deuda de otro. Esto significa que ante las autoridades aparecerá como corresponsable del compromiso financiero que alguien más no pueda cumplir. 

Esto significa que el aval que se firmó para comprometer incluso sus propiedades para adquirir un servicio a crédito en nombre de otra persona. Cuando no existe una firma de por medio, el embargo no debe afectar a terceros. Es decir, la retención de pertenencias sólo será en contra de las que corresponden al deudor.

Si el titular de la deuda no cuenta con bienes que puedan ser embargados, la retención no podrá efectuarse. Así que nadie podrá responder por la deuda más que el involucrado.

¿Existe el embargo a terceros? 

La respuesta depende de si ese tercero está involucrado directamente con el adeudo o solo sirvió como referencia. 

  • El aval es aquella persona que garantiza el pago de un crédito, por lo que está relacionado directamente con el adeudo y con el pago del mismo. Cuando el titular de la mora no cubre el préstamo solicitado, el avalista saldrá al paso y será el responsable legal de cubrir el compromiso. Este “responsable solidario” tiene las mismas obligaciones que el titular de la deuda.
  • La referencia es alguien que solamente fue consultado respecto a si una persona solicitante de crédito es suficientemente confiable. Esto implica que no ha firmado compromiso alguno para pagar en caso de que el titular de la solicitud fallé en el cumplimiento de su acuerdo 

¿Qué es un embargo?

El embargo es una herramienta que permite a los acreedores reclamar el pago de una deuda. Mediante este esquema, se buscará retener bienes del deudor que se podrían rematar para recuperar dinero y liquidar el compromiso con la institución crediticia.

Un acreedor sólo puede solicitar al juez la retención de las pertenencias de un moroso tras haber entablado un juicio y haberlo ganado. Aunque esta salida es un derecho del acreedor para ejercer el cobro de lo adeudado sobre los bienes del deudor, para que este camino sea legal debe llevarse a cabo un procedimiento judicial, lo que significa que se debe acudir a un juzgado para que un juez ordene dicho procedimiento.

Tanto para el moroso como para el aval hay bienes que son considerados inembargables. El Artículo 134 de la Ley 100 de 1993 detalla lo que no se puede incluir dentro de este proceso.

  • Fondos de pensiones del régimen de ahorro individual con solidaridad.
  • Fondos de reparto del régimen de prima media con prestación definida y sus respectivas reservas.
  • Sumas abonadas en las cuentas individuales del saldo pensional de ese mismo régimen individual con solidaridad y sus respectivos rendimientos.
  • Sumas destinadas a pagar los seguros de invalidez y de sobrevivientes dentro del mismo régimen individual con solidaridad.

¿Te pueden embargar por ser aval?

La posibilidad de un embargo es muy probable. La ley ampara el pago de la deuda e incluso puede reclamarse a través de los bienes de la persona que fungió como garante, en caso de que este carezca de recursos para liquidar la obligación.

Una vez que la deuda ha sido liquidada, la persona que fungió como aval puede tomar acciones legales contra el deudor a quien avaló. Sin embargo, eso implica un proceso que no garantiza el pago correspondiente.

¿Cómo me afecta ser aval?

El aval es la garantía para la institución que realiza el préstamo de que se cubrirá el compromiso en su totalidad. Ante la ley, en caso que el titular del crédito no cumpla, el  obligado solidario es quien adquiere la responsabilidad.

Si el deudor deja de pagar, se tratará con el garante.  Y en caso de estar en una situación de  impago, el embargo podrá proceder en contra del fiador, como la persona responsable de dar la cara por el deudor.

Si eres aval, las recomendaciones son:

  • Vigilar el actuar de la persona a la que se respaldó.
  • El embargo es resultado de una orden judicial y la autoridad es la que debe informar sobre el procedimiento, por lo que ningún despacho de cobranza debe amenazar con despojarte de tus pertenencias. 
  • Si la deuda es impagable, lo mejor es encarar el problema. 

Las reparadoras de crédito son empresas que ofrecen alternativas a los morosos para enderezar su historial crediticio, incluyendo a quienes fungieron como aval. 

¿Qué debo preguntar como aval?

  1. Investiga quién te está solicitando ser aval. Así sea un familiar cercano, debes averiguar cuál es su capacidad de pago.
  2. Pregunta los detalles del crédito que está solicitando, así como las cláusulas en caso de incumplimiento. 
  3. Solo se recomienda ser aval, si además del patrimonio, se cuenta con un ingreso fijo y constante que permita responder al compromiso. 
  4. Tener comunicación constante con el avalado permitirá saber cuándo no podrá pagar y así evitar problemas futuros. 

Cuando se comunica de manera oportuna que ya no es posible seguir pagando el crédito o el servicio, entonces se pueden renegociar los acuerdos originales de la deuda y encontrar un nuevo esquema que permita saldarla, ajustando el plazo de pago y el monto de los intereses. 

En caso de haber llegado a una situación de impago e incluso tener una anotación negativa en los registros de las centrales de riesgo, la recomendación es buscar alternativas para seguir siendo sujeto de crédito. 

Acudir a los especialistas, como son las reparadoras de crédito, permite a los deudores conocer sus opciones. El modelo de negocio de las reparadoras como Resuelve tu Deuda consiste en que al cubrir sus honorarios como consultores financieros, diseñarán un plan de ahorro que se ajuste a la capacidad de ingreso del moroso, por lo que en un plazo de doce meses, se podrá reunir una cantidad de dinero que permitirá negociar con los acreedores el finiquito de los compromisos atrasados. 

Leave a comment

¿Cómo saber si un auto está embargado?

Cuando un automóvil  tiene una orden de embargo, el propietario del auto no podrá disponer de esa unidad, por lo que no podrá venderla ni traspasarla. 

No es posible comprar un “bien embargado” porque no se tendrá la propiedad absoluta, salvo que exista la autorización del acreedor cediendo la propiedad. Esto significa que primero se debe levantar la orden de embargo y luego proceder con la firma de la escritura. 

Los vehículos embargados o secuestrados son trasladados a patios previamente autorizados, donde se cobrará una tarifa por cada día que el auto permanezca en el establecimiento. En algunos casos, suele ocurrir que las tarifas alcanzan montos elevados, que pueden llegar a sobrepasar la deuda que en principio originó en embargo.

Para recuperar el coche, el propietario debe ser capaz de pagar la deuda al acreedor y pagar el costo total de la estadía del carro en el parqueadero.

En caso de que el automóvil haya sido embargado, quedaría registrado en el Histórico Vehicular emitido por el Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT) que puede consultarse en www.historialvehicular.co/, en el apartado de prendas inscritas para remate. 

Con solo digitar el número de la placa del carro, el sitio del RUNT entrega la información histórica del automotor. Esto como una herramienta a la mano de quienes están comprando un vehículo de segunda mano.

De hecho, antes de comprar un carro usado, una de las primeras recomendaciones es sabersi este ha tenido accidentes de tránsito, si cuenta con embargos o prendas inscritas, si tiene vigente el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT), así como una revisión técnico mecánica reciente. 

¿Qué es un embargo?

Una orden de embargo se refiere a una medida preventiva dictada por un juez, en caso de que un deudor no haya cumplido con los pagos correspondientes al acreedor. El bien o los bienes del deudor no podrán ser comercializados ni transferidos a un tercero para asegurar el cumplimiento de las obligaciones. Si la deuda no es cancelada, se procede al remate del bien.

Igualmente, el secuestro de los bienes del deudor permite que se le sean retirados y estos queden a la orden del juzgado, hasta que se resuelva la situación.

Es importante señalar que cuando una persona recibe una orden de embargo, sus datos quedan reportados en las centrales de riesgo, imposibilitando la aprobación de créditos para adquirir nuevos bienes a su nombre o solicitar servicios como telefonía móvil e internet.

Cuando un vehículo tiene una orden de embargo, el propietario del auto no podrá disponer del este. No puede ser vendido ni traspasado, a menos que exista la autorización de ley o la del acreedor. 

¿Cómo resolver o prevenir un embargo?

Si se ha obtenido una orden de embargo, lo recomendable es buscar asesoría con un profesional que le acompañe a lo largo del proceso. En ese sentido, el levantamiento del retención se puede lograr mediante la negociación de un nuevo acuerdo de pago con el acreedor o a través del pago total de la mora. Al comprobar que se vuelve a estar al día con los pagos obligados, el interesado podrá solicitar ante el juzgado un desembargo.

En cualquier caso, adquirir un vehículo en esa situación requiere paciencia, pues se debe considerar el tiempo que requieren las autoridades para dar respuesta a la solicitud de desembargo y luego notificar a las entidades implicadas. 

También es importante que la persona embargada identifique los motivos que le llevaron a estar en una situación de impago a tal grado que puso en riesgo su patrimonio. Más aún si los bienes aún se encuentran sujetos por la autoridad y quiere recuperarlos, al igual que quiera volver a tener capacidad de pago y enderezar su reputación como sujeto de crédito. 

Es posible que acudir con los expertos de una reparadora de crédito le permitan entender cómo hacer un mejor manejo de sus ingresos para poder liquidar sus adeudos y tomar las riendas de sus finanzas personales. 

Resuelve tu Deuda es la reparadora más conocida en Colombia. Su programa de negociación de préstamos está diseñado para las personas que ya “se colgaron” y no ven una salida para volver a recuperar su historial crediticio.

Esta empresa mexicana abrió operaciones en Colombia hace 6 años. Su misión es brindar a sus clientes asesoría legal y financiera, ayudarles a negociar las deudas con las entidades financieras con quienes están atrasados en pagos y buscar el mayor descuento posible en el pago de esas obligaciones sin más crédito.

Aquellos deudores que acuden a las reparadoras y entienden su modelo de negocio, identifican una oportunidad de rehabilitación financiera a través del ahorro que realizan de manera disciplinada. Es un sistema que también les permite aprender a manejar mejor sus finanzas personales y eso evita que vuelvan a caer en mora.

Leave a comment